Más de 4 mil 300 conductores de transporte público recibieron capacitación: Movilidad
Para el refrendo 2022, hubo gran participación de las y los trabajadores del volante de Colima
A través de un comunicado de prensa, el Gobierno del Estado de Colima, a través de la Subsecretaría de Movilidad, informa que se capacitaron más de 4 mil 300 trabajadores y trabajadoras del volante, para realizar sus funciones de manera eficiente, ofreciendo un trato digno a las personas usuarias de este servicio.
La capacitación tuvo un periodo de siete meses, del 21 de febrero al 30 de septiembre de 2022, en las ciudades de Colima, Manzanillo y Tecomán. El programa integral tiene módulos como Manejo de emociones, Trato a la persona usuaria con discapacidad, Seguridad vial, y Atención al turismo.
La elaboración de los contenidos para la capacitación estuvo a cargo de la Coordinación de Planeación y Desarrollo de la Subsecretaría de Movilidad, en un esfuerzo interinstitucional donde participaron la Subsecretaría de Turismo y el Instituto Colimense para la Discapacidad (Incodis).
La capacitación fue impartida por la Cruz Roja Mexicana Delegación Colima, institución de asistencia privada con la capacidad operativa y de personal para atender a los más de 4 mil trabajadores del volante que necesitan realizar su capacitación.
La subsecretaria de Movilidad, Blanca Livier Rodríguez Osorio declaró que “a nombre de la gobernadora del Estado, Indira Vizcaíno Silva, agradecemos a las conductoras y conductores de transporte público que realizaron su capacitación, no sólo para cumplir un requisito de ley, sino también para mejorar como trabajadores, dignificando su labor con la adquisición de nuevos conocimientos útiles para prestar el servicio de transporte público”.
Las personas que trabajan en un vehículo de transporte público, ya sea un autobús o en taxi, tienen que presentar una capacitación anual para acreditar sus aptitudes como prestadoras de un servicio. Esto se encuentra establecido en la Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima, en los artículos 71 y 72. En caso de no contar con el refrendo de su gafete, las y los operadores podrán ser acreedores a multas, y afectarán su antigüedad como trabajadores de servicio público.