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Congreso reforma la Ley de Hacienda estatal para ampliar la capacidad financiera del Estado

A través de un comunicado de prensa, durante la Sesión Ordinaria de este viernes, las y los diputados aprobaron reformar y adicionar diversos artículos de la Ley de Hacienda para el Estado de Colima, con el objetivo de ampliar la capacidad financiera del Gobierno del Estado y fortalecer la hacienda pública estatal, “garantizando un uso adecuado y transparente de los mismos, permitiéndole atender las necesidades prioritarias de la población e invertir en rubros estratégicos que fomenten el crecimiento económico en la entidad”.

El Decreto aprobado, presentado en tribuna por la diputada Yommira Carrillo Barreto, reforma “el artículo 48 BIS, la fracción VI; del artículo 59, fracción I, inciso a), el numeral 16, y del inciso c) los numerales 1.1; 2.1; 3.1; 4.1; 5; 5.1; 6; 6.1; 7; 7.1; 8; 8.1; 9; 9.1 y 10.1; de la fracción III, los incisos a), c), d), e) y g); de la fracción V, el numeral 1 y el último párrafo; del artículo 62 BIS 1, la fracción XIII; del artículo 62 BIS 3, fracción II, los numerales 1 y 2; la fracción III, y los numerales 1, 2, 3, 4 y 5; la fracción V y los numerales 1 y 2; la fracción VIII, el numeral 1.1, y los incisos a), b), c), d), e) y f) del numeral 1.2; la fracción IX y los numerales 1 y 2; la fracción X y los numerales 1 y 2; de la fracción XI, los numerales 1 y 2; la fracción XII; de la fracción XIII, los numerales 1 y 2; así como las fracciones XVI, XVII y XVIII. Se adicionan al artículo 48 BIS, en su fracción VI, los incisos c) al q); al artículo 58 BIS, en su fracción I, el inciso p); al artículo 59, fracción I, inciso a), los numerales 29; 30; 30.1; 30.2 y 30.3; a la fracción II, el inciso c); a la fracción III, los incisos h) al j); al artículo 62 BIS 3, fracción II, los numerales del 3 al 5; a la fracción VI, los numerales 1 y 2; y a la fracción XV, los numerales 1 y 2. Se derogan, del artículo 48 BIS, fracción VI, los incisos a) y b); del artículo 59, fracción I, los numerales 15 y 18; y “la fracción IV; del artículo 62 BIS 3, las fracciones I, IV, VII, XIX y XX”.

Sobre el dictamen, el diputado Julio Cano dio lectura a una propuesta de reserva planteada el diputado David Lorenzo Grajales Pérez, integrante del Grupo Parlamentario de MORENA, relativa a un artículo en lo relacionado con el Considerando Cuarto denominado “Análisis de Procedencia” punto 4, denominado “Modificación de la iniciativa” en la que se suprime la adición de la fracción XVI al Artículo 55 B de la Ley de Hacienda para el Estado de Colima, a efecto de que se adicione dicha fracción, que trata sobre la Capacitación y expedición de constancia para el servicio de transporte público, individual o colectivo.

Al respecto, el diputado David Grajales explicó que el motivo de la reserva surge a petición de transportistas y se planteó en beneficio de este sector, quienes padecían la problemática de tener complicaciones al momento de solicitar los cursos de capacitación, que por ley deben tomar.

Lo anterior se aprobó, en lo particular y en lo general, por 15 votos. Es importante señalar que el Decreto aprobado entrará en vigor el día 1o. de enero del año 2024, previa su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”.

Fiscalia General del Estado de Colima


Fiscalia General del Estado de Colima

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