Congreso local aprueba incentivos fiscales para los municipios de Colima y Manzanillo
Este miércoles en sesión ordinaria, el pleno del Congreso local aprobó
otorgar incentivos fiscales a los contribuyentes de los municipios de
Colima y Manzanillo.
En el caso de la capital, el dictamen fue leído en tribuna por la
legisladora Hilda Lizette Ceballos de la bancada del PRI y aprobado por
21 votos a favor en lo general y particular de los artículos tercero,
quinto, sexto, séptimo y el primer párrafo del cuarto.
El artículo segundo y el segundo párrafo del cuarto artículo, fueron
excluidos del dictamen por 12 votos a favor y a propuesta de la diputada
de Morena, Viridiana Valencia.
En este documento se aprueban los siguientes beneficios:
ARTÍCULO TERCERO.-Se autoriza la condonación del 100 por ciento de los
recargos generados y las multas impuestas por la falta de pago oportuno
del impuesto predial, respecto del ejercicio fiscal 2020 y ejercicios
fiscales anteriores.
ARTÍCULO CUARTO.-Las condonaciones señaladas en el presente Decreto,
serán válidas únicamente para aquellos contribuyentes que, en una sola
exhibición, realicen el pago correspondiente del impuesto predial y sus
accesorios, respecto del ejercicio fiscal 2021.
ARTÍCULO QUINTO.- De conformidad al primer párrafo del artículo 2 de la
Ley de Ingresos del Municipio de Colima para el Ejercicio Fiscal 2021,
los pagos derivados del presente programa deberán ser efectuados por las
y los contribuyentes en efectivo, con cheque certificado, con tarjeta de
crédito, tarjeta de débito o transferencia de fondos, referenciada o
electrónica en las Recaudadoras del Municipio; tiendas de conveniencia o
sucursales de las instituciones bancarias con las cuales el Municipio de
Colima tenga celebrado convenios para tal efecto.
ARTÍCULO SEXTO.-Serán excluidos de los beneficios que contempla este
Decreto, todo predio que se encuentre con trámites judiciales y/o
administrativos pendientes, referentes a los cobros de los que es sujeto
por parte del Municipio de Colima, salvo que en el periodo de la
vigencia del presente ordenamiento, los contribuyentes interesados
acrediten plenamente ante la autoridad fiscal municipal el desistimiento
de los procedimientos que correspondan.
ARTÍCULO SÉPTIMO.-Se autoriza la condonación del 100 por ciento en los
recargos generados y las multas impuestas por la falta de pago oportuno
del impuesto predial, a favor de los contribuyentes que tengan adeudos
solamente respecto del ejercicio fiscal 2021, y realicen su pago en una
sola exhibición, dentro de los plazos que establece el presente Decreto.
Se excluyen de lo aquí autorizado, respecto de aquellos causantes que
hayan signado convenio o pago en parcialidades con el Municipio de
Colima.
Los incentivos estarán vigentes hasta el 31 de diciembre. En el caso de
Manzanillo, el dictamen se presentó en tribuna por parte del diputado
Rubén Romo de la bancada de Morena y fue aprobado por 23 votos a favor,
en él se aprueba lo siguiente:
Se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados y
las multas impuestas por la falta de pago oportuno en el refrendo de
licencias para el funcionamiento de establecimientos comerciales,
industriales y de servicios; así como de licencias para el
funcionamiento de establecimientos o locales con giros de venta y/o
consumo de bebidas alcohólicas, respecto del ejercicio fiscal 2021. Lo
anterior, con vigencia hasta el 31 de diciembre.