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Congreso adiciona concepto de violencia simbólica a la ley para combatir estas manifestaciones en contra de las mujeres

A través de un comunicado de prensa, las y los legisladores de la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado aprobaron adicionar la Fracción VII al Artículo 31 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Colima, con el objetivo de incorporar la violencia simbólica, como una medida legislativa que contribuya a su identificación y al combate de todo los tipos y manifestaciones de violencia en contra de la mujer.

Durante la Sesión Ordinaria de este martes, de acuerdo con el dictamen elaborado por las comisiones de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, así como de Bienestar, Inclusión Social y Equidad de Género, y presentado en tribuna por la legisladora Hilda Lizette Moreno Ceballos, se expuso que esta propuesta tiende a identificar y combatir la violencia simbólica, “como una práctica en la que las manifestaciones con las que se ejerce contra la mujer, suelen ser sutiles e imperceptibles, utilizando como medio la imposición del poder y la autoridad”.

En ese sentido, expone el documento, la violencia simbólica “puede entenderse como todas aquellas formas de violencia no ejercidas directamente mediante la fuerza física, sobre un agente social con su complicidad, puesto que el agente dominado no es consciente de su estado de sumisión, es transmitida a través de símbolos, como gestos, actitudes y posturas corporales. Se trata de una violencia normalizada en la sociedad por los usos y costumbres, la cual se expresa de distintas maneras, entre ellas el control económico, control de la sociabilidad, de la movilidad, menosprecio moral, control estético, sexual, descalificación intelectual y descalificación profesional”.

Con esta aprobación, se adiciona la Fracción VII al Artículo 31, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Colima, para quedar en los términos siguientes: “ARTÍCULO 31.- … I.- a la VI.- […] VII.- Simbólica.- Todo acto que a través de patrones estereotipados, mensajes, íconos o signos, transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales y culturales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad.

Fiscalia General del Estado de Colima


Fiscalia General del Estado de Colima

Media Lab

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