Expiden Ley del Instituto de Defensoría Pública
* Para su operación en el Estado de Colima cuenta con un presupuesto aprobado superior a los 17 millones de pesos
Para proporcionar defensa jurídica de alta calidad profesional y
gratuita a las personas que carezcan de abogado por cualquier
circunstancia legal, el Congreso del Estado expidió la nueva Ley del
Instituto de Defensoría Pública del Estado de Colima, mismo que tendría
un techo presupuestal cercano a los 17.4 millones de pesos, ya
considerados en el presente ejercicio fiscal.
El objetivo es velar la igualdad ante la ley, por el debido proceso y
actuar con profundo respeto por la dignidad humana de los representados,
ofrecer servicios a los adolescentes de conformidad con la Ley Nacional
del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes y asesorar en
asuntos civiles, familiares, administrativos, mercantiles, agrarios y de
amparo a quienes así lo soliciten y no se encuentren en condiciones de
retribuir los servicios de un abogado.
La Ley contempla la creación del Instituto de la Defensoría Pública del
Estado de Colima como un organismo público descentralizado sectorizado a
la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado, con personalidad
jurídica, patrimonio propio, autonomía técnica, operativa y de gestión
en el desempeño de sus funciones para el cumplimiento de su objetivo.
Se determinó que la defensoría pública es una obligación del Estado para
preservar tanto los derechos humanos como las garantías procesales; la
defensa, desde su concepción más amplia, representa un derecho natural y
fundamental para preservar la dignidad e integridad de cualquier
persona; es decir que las garantías y derechos la Constitución Federal y
la propia del Estado, relativas al acceso a la justicia, serán posibles
con la reestructuración de la organización y funcionamiento de la
defensoría pública en el Estado.
En este nuevo ordenamiento se incorpora para el Defensor Público, la
atribución y obligación de ejercer y agotar la justicia restaurativa y
los mecanismos alternativos de solución de controversias, así como
formular las solicitudes de procedimientos especiales que procedan.
La Ley también adopta lo dispuesto en la Carta Magna Federal con
relación a la consolidación de un servicio profesional de carrera, con
el cual los defensores públicos tendrán derecho a la estabilidad laboral
y sobre todo a ascender de manera legítima a mayores puestos dentro del
Instituto, privilegiando la capacidad, la experiencia y la actualización
del marco jurídico que incide en el ámbito de sus atribuciones.
Con la creación del Instituto de Defensoría Pública, en primer término,
se dará cumplimiento a lo mandatado en la Constitución Federal como en
la Constitución Local, y se dotará a la actual Defensoría Pública de
mayores recursos financieros, materiales y humanos, lo que se verá
reflejado en beneficio de la sociedad e incrementará la calidad del
servicio prestado por el Instituto.
Por esta expedición de la Ley del Instituto de Defensoría Pública del
Estado de Colima, será abrogada la Ley de la Defensoría Pública del
Estado de Colima, la cual fue publicada el 13 de diciembre de 2014.
Respecto al presupuesto para la operación de este instituto, en el
Presupuesto de Egresos del Estado de Colima, para el Ejercicio Fiscal
2021, se contempla en la partida presupuestal para el Instituto de
Defensoría Pública del Estado de Colima, la cantidad de 17 millones 395
mil 014 pesos, por lo que no se tendría impacto presupuestal alguno,
pues la LIX Legislatura previó la constitución de dicho Instituto.
Sobre el personal que actualmente se encuentra adscrito y laborando en
la Dirección General de la Defensoría Pública, pasará a formar parte del
Instituto de Defensoría Pública del Estado de Colima, preservando sus
derechos laborales, y de ser el caso, quedará incorporado al Sistema del
Servicio Profesional Carrera sin la necesidad de cubrir las etapas de
ingreso y selección, al reunir previamente las competencias necesarias
para el desempeño de sus funciones.