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Por mayoría de votos, TEPJF revoca restricciones que el INE buscaba imponer en conferencias matutinas del presidente

El organismo consideró que no se cae en ningún hecho ilícito, por lo que el titular del Ejecutivo puede emitir su opinión sobre las próximas elecciones.

La tarde de este miércoles, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) echó abajo las restricciones que el Instituto Nacional Electoral (INE) impuso al presidente Andrés Manuel López Obrador.

El organismo consideró que no se cae en ningún hecho ilícito, por lo que el titular del Ejecutivo puede emitir su opinión, en sus conferencias de prensa, acerca de las elecciones que se llevarán a cabo en junio.

“Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó el acuerdo del pasado 15 de enero emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) por el que emitió los lineamientos para las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador”, se lee en en boletín.

Asimismo, determinaron que el INE excedió lo ordenado en la sentencia al dictar medidas cautelares para todo servidor, pues sólo se le indicó que resolviera la procedencia o no de medidas cautelares inhibitorias para un servidor público, pero, además dictó medidas cautelares preventivas para los servidores públicos en todos los niveles. Y delegó a la Comisión de Quejas la faculta de emitir medidas cautelares que le correspondían dictar.

Por lo tanto, la Sala Superior declaró improcedentes las medidas y dejó sin efectos el acuerdo impugnado por la presidencia. Lo anterior, “no prejuzga ni representa un pronunciamiento de fondo sobre las conductas denunciadas en el procedimiento especial sancionador que dio origen a las medidas que revoca esta resolución”.

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