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Expiden nueva ley de cultura física y deporte para Colima

* Contempla el fomento en diversas áreas, incluso entre los trabajadores de dependencias públicas para evitar el sobrepeso y mejorar el estado físico y mental

La LIX Legislatura aprobó la nueva Ley de Cultura Física y Deporte del
Estado de Colima, con la que se genera una norma moderna que sustentará
el derecho de toda persona a la cultura física y a la práctica del
deporte, misma que consta de 103 Artículos, organizados en 27 capítulos.

Dentro del nuevo ordenamiento se establece que, el Estado y los
municipios, en el ámbito de sus competencias, promoverán y fomentarán el
adecuado ejercicio del derecho de toda la población a la cultura física,
y a la práctica de deporte y a la recreación.

Además, se contempla que las dependencias y entidades de la
Administración Pública estatal y de los municipios tendrán la obligación
de promover y fomentar la práctica de actividades físicas, deportivas o
recreativas entre sus trabajadores, con el objeto de contribuir al
control del sobrepeso y la obesidad, el mejoramiento de su estado físico
y mental, y facilitar su plena integración en el desarrollo social y
cultural.

Para los deportistas, también se establecen derechos como; practicar el
de su elección; asociarse para la práctica y, en su caso, para la
defensa de sus derechos; utilizar las instalaciones deportivas, previo
el cumplimiento de los requisitos establecidos; participar en
competencias, juegos o eventos deportivos, reglamentarios u oficiales;
recibir asistencia y entrenamiento deportivo, así como los servicios
metodológicos y médicos en competencias oficiales; entre otros.

De acuerdo con sus obligaciones, los deportistas deberán contar con una
conducta apegada a principios y valores que permitan ser ejemplo para la
niñez, juventud y para la sociedad; asistir a competencias cuando sean
requeridos; inscribirse en el Registro Estatal de Cultura Física y
Deporte, entre otros.

Esta nueva ley también establece consideraciones para los entrenadores
deportivos, quienes deberán ser profesionales que dirigen procesos
pedagógicos de enseñanza, educación y optimización de la capacidad
motriz específica de individuos que practican un determinado deporte,
disciplina o modalidad deportiva. Esta orientación se realizará en
niveles de formación deportiva, perfeccionamiento deportivo y de altos
logros deportivos.

Sobre la infraestructura la ley señala que deberá haber una
planificación y construcción de instalaciones de cultura física y
deporte financiadas con recursos provenientes del erario público,
deberán realizarse tomando en cuenta las especificaciones técnicas de
los deportes y actividades que se proyecta desarrollar, considerando la
opinión de la Asociación Deportiva Nacional o estatal que corresponda,
así como los requerimientos de construcción y seguridad determinados en
la Norma Oficial Mexicana correspondiente.

El INCODE promoverá, coordinará e impulsará en coordinación con la
Secretaría de Educación, Universidades y con las dependencias y
entidades públicas correspondientes, la enseñanza, investigación,
difusión del desarrollo tecnológico, la aplicación de los conocimientos
científicos en materia de cultura física, deporte y recreación, así como
la construcción de centros de enseñanza y capacitación de estas
actividades.

También contempla el Financiamiento Deportivo en el que prevé que para
la construcción, remodelación, ampliación, adecuación, mantenimiento,
conservación y recuperación de instalaciones destinadas a la cultura
física y Deporte se podrán contemplar los mecanismos financieros
públicos, privados o de cooperación Internacional tendientes a planear,
constituir, ejecutar y evaluarlos de manera que permita el transparente
manejo de los recursos que para este objeto se destinen.

Esta nueva ley, también contempla aspectos sobre el uso de métodos y
sustancias prohibidas en el deporte; la prevención de la violencia;
sobre el deporte profesional; el turismo deportivo; la recreación
pública y también establece las infracciones, sanciones y delitos, así
como los alcances del Consejo Estatal y Consejos Municipales del
Deporte; de los Sistemas correspondientes en la materia y del Instituto
Colimense del Deporte.

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