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Hacienda habilita formatos para rastrear lavado de dinero en monedas virtuales

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Secretaría de Hacienda habilitaron el módulo para que las empresas dedicadas al manejo de activos virtuales informen sobre movimientos extraordinarios que la Unidad de Inteligencia Financiera podrá rastrear para descartar lavado de dinero, recursos de procedencia ilícita o financiamiento al terrorismo.

La Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera aprobada el año pasado y conocida como ley Fintech, obligó desde septiembre del 2019 a las empresas dedicadas a custodiar, almacenar o transferir activos virtuales mediante plataformas electrónicas, digitales o similares a registrase en el portal antilavado de la Secretaría de Hacienda y el Servicio de Administración Tributaria.

​Como parte de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, estas dependencias tienen la obligación de publicar este 3 de febrero el formato mediante el cual dichas empresas deben alertar de movimientos que puedan intuir algún delito.

Para la Unidad de Inteligencia Financiera, esta nueva ley permite rastrear el manejo de activos a través de plataformas tecnológicas que son usados en muchas ocasiones para evadir el seguimiento de los recursos. Con esta nueva obligación, estas empresas quedan plenamente identificadas por las instituciones financieras mexicanas y éstas tienen la obligación de dar avisos de aportaciones inusuales que resulten irregulares o sospechosas, y con lo que la Unidad de Inteligencia Financiera podrá rastrear la conexión con posibles delitos y organizaciones del crimen organizado. Los sujetos obligados deben acceder a la plataforma sppld.sat.gob.mx y descargar el formato para registrarse para el aviso próximo de avisos irregulares. Algunos de los datos que deberán contener estos avisos incluye las fechas precisas en que se dio el manejo de los activos virtuales, el lugar de procedencia, hacia dónde fueron enviados y de ser el caso, en qué tipo de moneda se dio el retiro. Así como aquellos usuarios que participaron en las operaciones y transferencias. Será a partir del 02 de abril que las empresas estarán obligadas a entregar estos avisos a la Unidad de Inteligencia Financiera a más tardar el 17 del mes siguiente en que se realizan dichas operaciones cuando esta sea equivalente a 645 Unidades de Medida de Actualización (UMA).

Fuente: Milenio

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