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«Dan permiso» a Bancos de no cobrar pagos mínimos ante epidemia

De acuerdo a la circular 13/2020 del Banco de México (Banxico), que aún tiene que ser publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para que pueda ser aplicada, explica que las instituciones bancarias podrán no cobrar el pago mínimo de sus clientes, sin que cobren intereses moratorios por ello.

Ante las circunstancias derivadas por la pandemia de COVID-19, los bancos y las instituciones que emiten tarjetas de crédito no estarán obligados a realizar el cobro de pagos mínimos entre abril y julio de este año de los más de 26 millones de plásticos vigentes en circulación.

De acuerdo a la circular 13/2020 del Banco de México (Banxico), que aún tiene que ser publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para que pueda ser aplicada, explica que las instituciones bancarias podrán no cobrar el pago mínimo de sus clientes, sin que cobren intereses moratorios por ello.

En una despacho de la agencia noticiosa Nación 321, se afirma que «la circular contempla a las instituciones de banca múltiple, a las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito, a las sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas, a las sociedades financieras populares, y las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, entre otras».

El banco central explica en la circular que ante las circunstancias derivadas de la pandemia de COVID-19, ha resuelto que, como excepción a lo establecido por las Disposiciones sobre Tarjetas, que los obliga a cobrar como mínimo al menos el 1.5 por ciento del saldo del capital de las tarjetas, más los intereses del periodo que tiene como finalidad que se amortice una parte de la deuda, y no se hagan eternas las deudas, ahora no estarán obligados en ese periodo de cuatro meses a cobrarlos ni hacer el cálculo.

El banco central detalla que las entidades financieras deberán dar a conocer a sus tarjetahabientes los esquemas que implementen para el cobro del monto del pago mínimo, así como los términos y condiciones conforme a los cuales dichos tarjetahabientes tendrán que realizar los pagos correspondientes, una vez transcurrido el plazo que se ha estipulado de 4 meses.

Esta circular, que está siendo analizada por el sector financiero, se alinea con las disposiciones emitidas anteriormente por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), que permite a los bancos el no cobrar los créditos o cubrir los pagos mínimos en los plásticos hasta por seis meses.

Con esta circular de pagos mínimos, fuentes del sector financiero explican que también podría ser opcional su aplicación y cada institución decidirá si da está opción a sus clientes.

También sirve para que los bancos que se adhirieron a los criterios contables de la CNBV no sean multados por Banxico, al no cobrar el mínimo a sus clientes y no ir disminuyendo las deudas. Esta disposición, una vez que se termine de definir sería publicada en los siguientes días.

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